Fundación Provocando la Paz

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Os recordamos que la fundación Provocando la Paz se encuentra incluida dentro del tipo de entidades recogidas en el artículo 16 de la Ley 49/2002, del 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales del mecenazgo, y ha optado por la aplicación del régimen fiscal previsto en la misma. A los donativos realizados a favor de esta entidad se les aplicará el régimen fiscal regulado en el Título III de la Ley 49/2002.

Las modificaciones de la ley fiscal mejoran las condiciones de tus donativos:

  • Desde el 1 de enero de 2016 lo que aportes a entidades benéficas desgrava más en tu declaración de la renta.
  • Además, si colaboras con la misma entidad durante tres años consecutivos, todavía te devolverán más a final de año. De esta manera, se premia tu fidelidad.

Si una persona física quiere que se le deduzcan los donativos en la declaración de la renta del próximo año, debe facilitar nombre y apellidos, dirección y NIF al email provocandopaz@gmail.com para poder comunicarlo a Hacienda.

Si es persona jurídica debe facilitar razón social, dirección y CIF al email provocandopaz@gmail.com para poder comunicarlo a Hacienda.

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